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Se divulga el texto de la ley para frenar el arresto de evasores ultraortodoxos del servicio militar obligatorio

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Antes de la segunda y tercera lectura, se publicó la orden temporal, suspendiendo los arrestos y la ejecución por un período limitado, sujeto a requisitos de estudio, declaraciones juradas y supervisión de las ieshivá.

Antes de la segunda y tercera lectura, se publicó la orden temporal, suspendiendo los arrestos y la ejecución por un período limitado, sujeto a requisitos de estudio, declaraciones juradas y supervisión de las ieshivá.

Antes de la votación en el Comité de Asuntos Exteriores y Defensa de la Knesset sobre la segunda y tercera lectura de la ley destinada a frenar el arresto de evasores ultraortodoxos, el texto completo del proyecto de ley se publicó hoy.

La legislación es una orden temporal y de duración limitada, que permanecerá en vigor desde su publicación en el boletín oficial por un período definido de menos de cinco meses.

Su propósito, como parte de una enmienda a la Ley del Servicio de Defensa, es congelar inmediatamente los procedimientos de arresto, investigación y aplicación de la ley contra estudiantes de ieshivá que estudian Torá a tiempo completo durante este período provisional.

Según el texto oficial, la elegibilidad para esta suspensión está condicionada al cumplimiento de criterios claros y requisitos de presentación de informes continuos.

Las personas elegibles para el reclutamiento deben estudiar en una ieshivá reconocida durante al menos 45 horas por semana, o en un kollel durante al menos 40 horas por semana, excluyendo los períodos de vacaciones oficiales. También tienen estrictamente prohibido realizar cualquier trabajo adicional más allá de sus estudios. El cumplimiento debe estar respaldado por declaraciones juradas escritas tanto del estudiante como del director de la ieshivá, quien también debe informar mensualmente al ejército antes del día 14 de cada mes sobre cualquier estudiante que haya dejado de estudiar.

El proyecto de ley estipula además que un director de ieshivá que sea multado o sancionado debido a cinco estudiantes perderá la autoridad para presentar declaraciones juradas en nombre de sus estudiantes.

El propio mecanismo de suspensión crea una “ventana” automática inmediata: desde el momento en que la ley entra en vigor hasta su expiración, no se iniciará ningún arresto, investigación o procedimiento penal o militar por evasión del servicio militar obligatorio contra quien haya declarado que cumple con los requisitos de estudio desde el 1 de julio de 2023 (o desde la fecha en que comenzó su obligación de reclutamiento, si es posterior).

Para mantener la protección bajo la ley, los estudiantes deben presentar las declaraciones juradas requeridas electrónicamente a las autoridades pertinentes dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor de la ley.

Al mismo tiempo, se establecerán comités de revisión especiales de tres miembros dentro de las FDI, presididos por un coronel del Cuerpo del Fiscal General Militar y dos tenientes coroneles de la Dirección de Recursos Humanos, para verificar de forma independiente las declaraciones juradas y podrán solicitar información a cualquier organismo gubernamental.

Mientras un caso está bajo revisión, se prohíbe la detención o el procesamiento, se suspenden los procesos judiciales en curso e incluso se detiene la ejecución de sentencias firmes. La ley destaca que este mecanismo no constituye una exención o aplazamiento permanente del servicio militar.

Una sección importante del proyecto de ley está dedicada a la supervisión y sanciones de las instituciones religiosas. El Ministro de Defensa nombrará inspectores que, con el apoyo del sistema de inspección del Ministerio de Educación, realizarán controles físicos de asistencia en cada ieshivá una vez cada tres meses.

La ley impone una pena estricta: una ieshivá que en repetidas inspecciones encuentre que al menos el 20% de los estudiantes está ausente recibirá primero una advertencia. Si el problema no se corrige, se eliminará de la lista de instituciones reconocidas y sus estudiantes deberán trasladarse a otro lugar para mantener su estatus. El Ministro de Defensa también deberá presentar cada tres meses un informe detallado al Comité de Asuntos Exteriores y Defensa sobre el número y los resultados de las inspecciones.

Para las instituciones existentes, una cláusula transitoria establece que las ieshivá incluidas en las listas aprobadas por la seguridad antes de la expiración de los acuerdos anteriores serán reconocidas automáticamente cuando la ley entre en vigor, mientras que el Ministro de Defensa debe publicar y actualizar la lista oficial en un plazo de tres meses.

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